REGLAMENTO
CAPITULO I
SOBRE LA JUNTA DIRECTIVA INFANTIL JUVENIL
ARTÍCULO 1: La Directiva Infantil Juvenil es el órgano de gobierno ejecutivo intermediador entre el universo de asociados menores de edad y el Consejo Directivo responsable de la dirección y administración general de la asociación de conformidad con el presente estatuto.
ARTICULO 2: La Directiva Infantil Juvenil está conformada por los siguientes miembros: El Secretario General, Secretario de Organización, Secretario de Ética y Disciplina, Secretario de Interior y Difusión y Secretario de Deportes, Cultura y Recreación. El cargo de los miembros de la Directiva, sea titular o suplente, es personal.
ARTICULO 3: Para ser miembro de la Directiva se requiere:
1. Solvencia moral y que haya cumplido de manera eficiente sus deberes como asociado.
2. Que no haya sido sujeto de infracción grave.
3. Un antigüedad no menor de 1 año en la asociación.
Además, en el caso del Secretario General, es indispensable que cuente con una antigüedad no menor de tres años como asociado.
ARTICULO 4: La Directiva se reunirá una vez por semana o incluso más cuando el caso así lo amerite.
ARTICULO 5: Los acuerdos de la Directiva constarán en un Libro de Actas que será firmado por todos los miembros asistentes y si alguno no quisiera hacerlo, dejará constancia del motivo en que fundamenta su negativa.
ARTICULO 6: La Directiva electo entrará en funciones el primer día útil del mes de Setiembre, por un periodo de un (1) año reelegible en el mismo cargo hasta en una oportunidad. Para estos efectos, no se tomará en cuenta el periodo en que cualquier asociado haya desempeñado el cargo de manera interina.
CAPITULO II
SOBRE LOS CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA INFANTIL JUVENIL
ARTICULO 7: Son deberes de la Secretaría General:
A) Llevar a cabo las reuniones de la directiva y dirigirlas.
B) Supervisar a las demás secretarías en su respectivo trabajo
C) Responsable principal de las actividades organizadas por su directiva.
D)Convocar a las reuniones de directiva que como mínimo se realizarán 1 vez por semana.
E) Estar en comunicación constante con los Monitores sobre los avances de las reuniones y/o actividades.
ARTICULO 8: Son deberes de la Secretaría de Organización.
A)Tener un padrón general actualizado de los Pioneros e Infantiles
B)Organizar conjuntamente con las demás secretarías las actividades correspondientes.
C)Coordinar actividades con los principales colegios del distrito en forma conjunta.
D)Ser responsable directo de la carnetización de los miembros del Club.
E)Ser responsable en caso de ausencia del Secretario General para lo que corresponda.
ARTICULO 9: Son deberes de la Secretaría de Ética y Disciplina.
A)Velar por la disciplina dentro del Club y durante las asambleas generales y/o de directiva En caso de indisciplina de algún compañero, debe encargarse de proponer la sanción y en caso de una falta leve podrá sancionar, aclarándose que el término “falta leve” , excluye a las sanciones de Suspensión y de Expulsión de la asociación.
B)Ser responsable de la limpieza del club la cual se hará como mínimo 1 vez por semana.
ARTICULO 10: Son deberes de la Secretaría de Interior y Difusión.
A) Llevar el libro de actas de las reuniones , tanto generales como de directiva.
B) Poner en funcionamiento el Periódico Mural del Club.
C) Encargarse de la celebración de los cumpleaños del mes.
ARTICULO 11: La Secretaria de Deportes, Cultura y Recreación tiene dentro de su ámbito de trabajo las áreas de recreación, deportiva y cultural, por lo tanto y dentro del funcionamiento de nuestra institución contemplarán actividades en cada una de estas tres áreas.
A) Área Recreativa. Integrar a niños y jóvenes mediante actividades de ocio y tiempo libre, tales como paseos y excursiones, campamentos y actividades lúdicas. Inculcar nuestros principios como el amor a la naturaleza, la ecología y defensa del medio ambiente, la fraternidad y solidaridad.
B) Área Deportiva. Generar interés en los niños y jóvenes por el deporte, realizando actividades deportivas como alternativa para los miembros y amigos de nuestra institución.
C) Área Cultural. Fomentar el interés por la lectura, y la cultura en general. Verificar el buen funcionamiento de la Biblioteca así como su constante implementación. Generar un ambiente agradable para el estudio y el refuerzo de las tareas escolares en nuestros niños y jóvenes. Realizar actividades o concursos en materias como redacción, creación literaria, ortografía y semántica
ARTICULO 12: Todas las secretarías serán supervisadas periódicamente por los miembros del Consejo directivo de la asociación. Además, cada secretaría deberá contar con un grupo de trabajo que la apoye para la realización de sus actividades , este grupo será a su vez elegido por cada Secretario.
CAPITULO III
SOBRE LA ELECCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA INFANTIL JUVENIL
ARTICULO 13: Se conformará un comité electoral propuesto por los asesores con cargo a ser aprobado por el universo de asociados en asamblea general, quienes se encargarán de supervisar y asesorar imparcialmente a las listas participantes para cuando lo requieran y además deberán velar por el correcto desarrollo de las elecciones, dando las normas especificas para el desarrollo de la elección.
Cada lista deberá estar conformada por miembros “ Pioneros “ en equidad de género (no se permitirán listas con miembros de un solo género), y deberán también contar con un personero para la elección. Asimismo, cada lista podrá ser asesorada e incluso apoyada por algún miembro “ Aspirante “, pero solamente uno por lista.
La numeración de las listas se otorgará durante la inscripción correspondiente y de acuerdo al orden de la misma.
CAPITULO II
DE LA ESTRUCTURA INTERNA.
ARTICULO 14: La estructura interna de los miembros de la asociación es como se detalla:
A) Los miembros que tengan hasta 13 años serán denominados “ Infantiles”.
B) Los miembros desde los 13 años hasta la edad de 18 tendrán la denominación de “Pioneros”.
C) Desde la edad de 18, los miembros del club serán denominados “ASPIRANTES”, para posteriormente poder acceder al cargo de MONITORES, previa evaluación correspondiente por el Consejo Directivo.
D) Los miembros mayores de edad que siendo aspirantes hayan pasado satisfactoriamente la evaluación, serán denominados “ MONITORES”, los cuales deberán mantener una conducta ejemplar hacia los demás miembros de la institución y trabajaran coordinadamente con los miembros del Consejo Directivo.